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Channel: Derecho Internacional Público. Costa Rica
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CIJ: DECISIÖN SOBRE EXCEPCIONES PRELIMINARES EN DEMANDAS DE NICARAGUA CONTRA COLOMBIA

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El pasado 7 de marzo, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunció que dará a conocer su decisión el próximo 17 de marzo del 2016 con relación a las excepciones preliminares presentadas por Colombia contra dos nuevas demandas presentadas por Nicaragua en el 2013 (ver comunicado de prensa en francés, y en inglés).

En sus demandas, presentadas la primera en setiembre del 2013 y la segunda a finales del mes noviembre del 2013, Nicaragua exige a la CIJ aclaraciones sobre el límite de su plataforma continental en el mar Caribe a partir del fallo del 2012, y solicita a la CIJ indicar que el comportamiento de las autoridades de Colombia viola varias obligaciones internacionales, así como otras relacionadas al debido cumplimiento del fallo del 19 de noviembre del 2012 de la misma CIJ. En las audiencias orales celebradas en octubre del 2015 sobre excepciones preliminares, las cuales duraron dos semanas, Colombia presentó argumentos muy similares para ambas demandas, en aras de evitar que la CIJ se pronuncie sobre el fondo de las mismas. Entre varios argumentos, la CIJ deberá precisar cuál es el alcance exacto de una disposición del Pacto de Bogotá de 1948 sobre la denuncia: como recordaremos, este emblemático instrumento, que lleva el nombre de su capital, fue denunciado por Colombia el 29 de agosto del 2012.

Se dejó entrever un esfuerzo por parte de los asesores legales para no causar aburrimiento en los 17 jueces de la CIJ, debido a la repetición de argumentos muy similares de una semana a otra. Por parte de Colombia, el profesor Michael Wood inició precisando que: “As Members of the Court will be aware, this preliminary objection is identical to our first preliminary objection in the case heard last week. The pleadings in that case are available to theMembers of the Court. I do not think it would be appropriate for me simply to repeat what I said last week”. Por parte de Nicaragua, el profesor Antonio Remiro Brotons inició su alocución indicando: “Monsieur le président, Mesdames et Messieurs les juges, une personne normale, peu importe combien elle adore le cinéma, ne regarde pas le même film deux fois dans une semaine à moins que celui-ci soit absolument exceptionnel ou que la personne en question soit très intéressée à apprécier des détails passés inaperçus la première fois. Il serait arrogant de notre part de croire que vous attendez avec impatience une nouvelle séance du film sur la compétence de la Cour suivant le pacte de Bogotá projeté il y a à peine sept jours».

Sobre otros detalles de estas audiencias orales celebradas en La Haya en octubre del 2015, remitimos al lector a una breve nota publicada en el sitio Ius360, que reseña, entre otros aspectos de naturaleza más jurídica, la inusitada presencia de autoridades políticas colombianas durante las audiencias, y el inusual uso de un solo idioma (en vez de los dos idiomas oficiales) por parte de Colombia en sus alegatos orales finales ante los jueces de la CIJ.

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